DESTRUCCIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y OTROS

Las empresas que disponen de existencias destinadas a la producción, transformación o comercialización y que su valor inicial se ve disminuido por vencimiento o deterioro, para que esta desvalorización de bienes sea considerada como gasto deducible para sus declaraciones de Impuesto a la Renta deben ser acreditadamente destruidas previa coordinación con SUNAT y con presencia de un Notario Público o Juez de Paz, quien dejará constancia del proceso.

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Productos farmacéuticos

  • Medicamentos vencidos y/o deteriorados.
  • Medicamentos herbarios.
  • Productos dietéticos y edulcorantes.
  • Productos biológicos.
  • Productos galénicos.

Desechos de laboratorios clínicos

  • Desechos biocontaminados.
  • Reactivos Químicos vencidos o deteriorados.
  • Clasificación de Residuos de Laboratorio.
  • Manejo de residuos y desechos en el laboratorio.

Nuestros servicios incluyen

  • Comprobante de pesaje.
  • Manifiesto de manejo de residuos sólidos peligrosos.
  • Guía de remisión de transportista.
  • Constancia de servicio.
  • Destrucción de los productos según sea la composición física o química de los mismos(*)
  • Presencia de Notario encargado de la verificación del proceso de destrucción (*)
  • (* Para efectos de gasto deducible ante SUNAT)

Está interesado en nuestros servicios